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​​El papel del Comité de Transporte Nacional por Carretera

  • Publicación de la entrada:18 de abril de 2023
  • Categoría de la entrada:Transporte

La principales cuestiones sobre el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) 

¿Qué es y qué papel desempeña el Comité del Transporte Nacional por Carretera? ¿Cuáles son sus funciones? ¿Cada cuántos años se renueva? A continuación responderemos a todas estas preguntas para conocer más sobre esta entidad corporativa de base privada.

El Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) es un órgano consultivo, que actúa de colaborador e interlocutor sectorial en materia de transporte para las Administraciones Públicas y, en especial, para el Ministerio de Transportes.

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) presenta la siguiente estructura:

– Asamblea General: es el órgano supremo y tiene las competencias soberanas para decidir sobre los temas que interesan a éste. La componen el presidente, los miembros del Comité Ejecutivo y de la Junta Directiva, además de los presidentes del Consejo Nacional de Transportes Terrestres y del Comité Nacional de Transporte por Carretera.

– Junta Directiva: la componen los presidentes de las Organizaciones miembro y su principal cometido es sustituir a la Asamblea General en los periodos entre sesiones.

– El Comité Ejecutivo: se le define como el órgano permanente de gobierno y sus funciones son de administración, gestión y dirección. Está compuesto por el Presidente, los Vicepresidentes y los Presidentes de las Organizaciones de ámbito nacional.

– El Presidente: el presidente de la CETM es el representante legal de la Organización en todos los ámbitos.

La persona que ostenta el cargo tiene que poseer los derechos de carácter asociativo y estar al día de pago de cuotas. Su nombramiento se lleva a cabo en la Asamblea General.

Los Vicepresidentes, según el orden que sean nombrados, serán los encargados de sustituir al presidente en caso de ausencia o incapacidad de éste.

Su mandato dura cuatro años y no hay límite en el número de reelecciones.

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, atribuye al Comité Nacional de Transporte por Carretera, con carácter general, las siguientes funciones:

1. Conducir y coordinar los principios y criterios de las diferentes profesiones y sectores del transporte.

2. Servir de eje de participación del sector en todas las actuaciones de carácter público que le afecten o en aquellas que sean de importancia para el mismo.

La composición de la junta del Comité Nacional del Transporte se revisa y actualiza cada cuatro años. La finalidad de esta revisión es que siempre estén representadas las instituciones de transportistas y de actividades complementarias y auxiliares del transporte por carretera.

Para llevarlo a cabo, cada una de las organizaciones empresariales presentan y acreditan al Ministerio de Transportes su representatividad. El Ministerio, mediante una encuesta, es el encargado de contrastar que los datos presentados sean veraces.

La última renovación tuvo lugar en 2022 y es válida hasta 2025. En esta renovación la sección de mercancías por carretera está formada por 11 organismos. La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) cuenta con mayoría y una representación del 51,12%.